Comodoro endurece las multas a los Uber: cuánto deberán pagar
Lo que buscaban los taxistas y remiseros se concretó finalmente en la sesión de este jueves, cuando el Concejo Deliberante aprobó el cambio de un artículo que posibilitará sancionar con penas más duras a quienes lleven pasajeros sin estar habilitados según la norma.
Puntualmente, el nuevo artículo 63 que reforma la Ordenanza 3425/89 –que se aprobó por mayoría- sostiene que “será reprimido” quien preste servicio “como transporte público de pasajeros, sin la respectiva concesión, autorización o habilitación municipal, mediante ofrecimiento en la vía pública o mediante la utilización de cualquier tipo de software, publicidad en redes sociales, llamadas, mensajería o mediante cualquier plataforma digital disponible o a crearse en un futuro que intermedie para dicha acción, a cambio de una contraprestación monetaria con pago directo o indirecto, efectivo, billetera electrónica o cualquier otra herramienta que permita efectuar el pago a cambio del traslado”.
La primera infracción a esta norma, que tuvo despacho en la Comisión de Asuntos Constitucionales, Legislación General y Protección Ambiental, prevé una multa equivalente a 30.000 módulos, así como el secuestro ya vigente, es decir “la inmediata paralización del servicio y secuestro de la/s unidad/es hasta tanto lo disponga la autoridad administrativa, previo pago de la misma o suscripción de plan de pago”.
En caso de reincidencia de la falta, se aplicarán multas agravadas hasta un máximo de 50.000 módulos. Teniendo en cuenta que cada módulo vale 11,50 y 16,50 pesos los más graves, la multa podría valer más de 800 mil pesos. En la norma anterior la infracción era de 6.500 módulos es decir desde 70 mil pesos a más de 200 mil pesos.